Mujeres en la política: Un debate entre políticas de reconocimiento y redistribución. Por: Rocío Aresqueta
Cuando se comenzó a impulsar la idea del cupo femenino en 1989, diputados y senadores buscaron cuanta forma institucional existía para trabar la discusión, para no ceder sus lugares de poder en una democracia que acababa de renacer y pretendían diagramar al viejo estilo caudillesco, el porcentaje de participación femenina que había en el Congreso en ese entonces era del 5%. Desde entonces, e incluso antes (desde el voto femenino en 1947) las mujeres enfrentamos argumentaciones biologicistas, domésticas, como la incompatibilidad de la maternidad con la política. Porque ser madre es un deber pero participar en política es una opción ¿no?
Entendiendo al “Estado como un espacio de disputas de sentidos, de poder y de relaciones de fuerza” (Anzorena 2009, p: 10) Es importante entender cómo los quehaceres de los feminismos van interviniendo en las funciones del Estado logrando reconocimiento político y fortaleciendo la democracia a través de ello. En este sentido creo que las políticas públicas son el resultado de la configuración de las relaciones de fuerza que existen en determinados momentos, en determinada sociedad pero que en definitiva son elaboradas, diseñadas y ejecutadas por aquellos (y aquellas) que tienen el poder en el Estado, lo cual vuelve central la idea de que las mujeres deben acceder a puestos de poder para poder participar de este espacio de disputas. Las políticas públicas no son respuestas a problemas sino que son parte constitutiva de los procesos que se van dando al interior de una sociedad y que ponen en relación a diferentes sujetos/as sociales. A través de las políticas públicas el Estado distribuye los recursos económicos y simbólicos. El Estado, quienes detentan el poder en él, condicionan la vida de las personas, determinando las prioridades del uso de bienes y servicios y creo también que a través de este poder se distribuye la ideología dominante, qué hasta ahora, veremos, ha relegado a las mujeres a tareas de cuidado(s).
El trabajo de Mariela Szwarcberg Daby nos va a servir para comprender esta distinción y el rol de las mujeres en la política. Para poder, en última instancia, concluir por qué la ley de paridad de género mejora la democracia y representa una política de reconocimiento que rompe con las políticas de corte asistencialista que eran las políticas dirigidas a las mujeres por excelencia. Ella va a comenzar su análisis del caso Argentino diciendo que : “las mujeres participan más que los hombres en redes de solución de problemas que demandan una gran cantidad de tiempo; pero, sin embargo, tardan más en recibir una recompensa por sus actividades y tardan más en ser nombradas para cargos políticos”. (S. Daby, 2016 p: 123)
No es correcto decir que no hay mujeres en la política o que ellas no se interesan por esos temas, lo correcto sería decir que las mujeres participan de forma desproporcionada en actividades políticas pero que están fuertemente vinculadas con tareas asistenciales (al igual que las políticas públicas orientadas a “mejorar” la situación de las mujeres y sujetxs no masculinxs). Esto ayuda a reforzar roles tradicionales de la mujer como encargada de asistir y cuidar a los desfavorecidos lo cual da como resultado que las mujeres con condiciones para el liderazgo optan por no participar en la política a nivel local.
Para S. Daby (2016) la participación política de las mujeres esconde (ni tanto) el rol de “madres” lo cual contribuye en gran medida a reforzar la subordinación de ellas. Si a partir de lograr un puesto público o iniciar una carrera política las mujeres solo podemos resolver ciertos problemas y pretender ciertos cargos, no será fácil avanzar y lograr cargos públicos de renombre si solo se ocupa de redes femeninas de resolución de problemas, solo tendrán experiencia en resolver problemáticas propias de su género. Agrego a esta distinción que lo que se menciona como “políticas propias del género femenino” son políticas de redistribución y no de reconocimiento.
Para comprender la importancia de la participación de las mujeres (y sujetxs no masculinxs) voy a utilizar la distinción acuñada por Nancy Fraser (1997) entre políticas de redistribución (económicas) y políticas de reconocimiento (simbólicas).
Las mujeres sufren dos tipos de injusticias, pero hasta ahora las políticas públicas han estado dirigidas solo a un tipo de injusticia: las socioeconómicas arraigadas en viejas estructuras y estereotipos de género que se manifiestan en formas de explotación, marginación económica, o sea que las mujeres acceden a trabajos en negro o mal remunerados que las lleva a la privación de bienes materiales para tener una vida digna, a menudo (y casi siempre) junto a sus hijos. El otro tipo de injusticia, que es central en mi artículo es la injusticia cultural o simbólica, donde tenemos por ejemplo los patrones de representación, interpretación y comunicación. El no reconocimiento tiene que ver con “hacerse invisible” (Fraser 1997) a través de prácticas representativas, interpretativas y comunicacionales de la propia cultura. Ni hablar de la creciente estereotipación de las mujeres, los chistes fuera de lugar, y la falta de respeto a nivel cultural de las que somos víctimas las mujeres.
Las acciones políticas que están naturalizadas en la sociedad y que sustentan estereotipos arraigados y legitimados en la sociedad, lo que facilita, promueve y profundiza el orden existente difícilmente puedan cambiarse, pero una forma de iniciar el cambio sería a través de la distinción que propongo entre políticas de reconocimiento y de distribución. El avance de las mujeres como colectivo feminista viene a romper con lo estereotipado por el Estado Argentino, las mujeres exigen al Estado y a la sociedad civil políticas de reconocimiento. Exigen y deben formar parte del poder del Estado para poder diseñar, votar y ejecutar leyes y políticas públicas que rompan con la idea hegemónica de que las mujeres deben ser asignadas a roles sociales.
Existe una diferencia, según Diana Staubli (1997) entre una política con perspectiva de género y una política social dirigida hacia mujeres y esto tiene que ver justamente con cómo se concibe a la “sujeta social destinataria”.
Las políticas de tipo asistencialistas históricamente han estado dirigidas a mujeres porque son las sujetas sociales que se encuentran en situaciones particularmente desventajosas en lo económico frente a sus pares hombres, recordemos que casi un 50% de mujeres en el país materna sola y por lo general a más de un niño o niña. Esta situación económica desventajosa para las mujeres está dada por una situación desventajosa superior que se da en el plano político: Las mujeres carecen de representación política. Es necesaria una perspectiva de género que entienda la protección de los derechos de las ciudadanas, que apunte a la autonomía de las mismas, al pleno ejercicio de la ciudadanía y, por supuesto, a la promoción de los derechos de las mujeres a fin de equiparar las desigualdades sociales y políticas, lo cual sería muy diferente a las políticas de corte asistencialista de intervención estatal que además considero refuerzan roles y estereotipos femeninos.
La desigualdad económica sigue creciendo, sobre todo post pandemia, pero aun así la lucha por el reconocimiento por parte de las mujeres se ha convertido en la forma pragmática del conflicto político moderno donde la identidad del grupo reemplaza a los intereses de clase como principal motivo de movilización política.
Pero esta lucha no es nueva para las mujeres: El proyecto de Ley de Cupo Femenino fue presentado por la senadora radical Malharro, en ese entonces (1989) el peronismo tenía mayoría y la senadora decidió convocar a mujeres del bloque opositor y armaron el proyecto en conjunto, es decir que diferentes coaliciones trabajaron transversalmente para ampliar los derechos de las mujeres.
Tal como resulta del trabajo de Tiffany Barnes (2018) es más probable que la colaboración en el poder legislativo se dé entre mujeres (aunque sean de diferentes partidos) Para esta autora su avance es muy importante en términos de democracia representativa puesto que casi todo lo que sabemos del comportamiento legislativo viene del estudio de legisladores hombres (menos propensos a colaborar con otros partidos por el solo hecho de pertenecer al mismo género) Para Barnes “Si las mujeres legislan de forma diferente que los hombres, entonces es posible que los límites a nuestra comprensión de la democracia representativa tengan sesgos de género” (Barnes, 2018 p:38)
Las mujeres usan su socialización de género para mejorar la democracia porque según el estudio de Barnes son más capaces de trabajar en equipo y están mejor preparadas para producir una legislación más eficiente, superando distinciones partidistas y de clase. La colaboración entre quienes elegimos para que nos representen debería ser intrínseca de la democracia pero no lo es, si lo es para las mujeres que forman parte del poder legislativo y ello hace mejor a la democracia puesto que permite dar voz a los grupos con poco (o nada) de poder. Las mujeres para Barnes (2018) enfrentan una serie única de barreras que limitan su poder político, por lo que además de la colaboración entre ellas hacia adentro del poder legislativo es de imperiosa necesidad la sanción de leyes como la sancionada en 2017: Ley Nacional N° 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política que establece que las listas electorales deben estar armadas garantizando el 50% de representación femenina en todas las instancias, de manera intercalada, tanto para cargos titulares y suplentes. Rige para las Cámaras del Congreso, para el Parlamento del Mercosur, para las elecciones primarias e internas de los partidos. La influencia de las mujeres en los espacios de poder es importante para proveer diferentes perspectivas en la agenda legislativa que vayan más allá, mucho más allá, de las políticas de redistribución de las que somos “privilegiadas” las mujeres.
Queda mucho para hacer si tenemos en cuenta que ese porcentaje mínimo, además exigido por la ley, representa para la política partidaria un techo y no un punto de partida a sumar más mujeres en sus listas porque esto mejora la democracia. De hecho según datos de “Ojo Paritario” (un espacio plural conformado por diversos colectivos feministas que impulsan y promueven el fortalecimiento de una democracia paritaria) “A nivel nacional, las mujeres ocupamos el 38% de las bancas de la Cámara de Diputados y el 40% del Senado. Somos minoría en las presidencias de los bloques y estamos segregadas en las comisiones que deciden sobre temas económicos o institucionales, como las de Presupuesto o Asuntos Constitucionales. 20 de las 24 provincias están gobernadas por varones y, en las legislaturas provinciales, las mujeres ocupan en promedio un tercio de las bancas de diputados y un cuarto en los senados”.
La idea de mejorar (con la participación femenina) la democracia implica avanzar hacia políticas de reconocimiento más que las distributivas. Es necesario profundizar la lucha por el reconocimiento porque la paridad de género real todavía está muy lejos, que las mujeres consigan ser reconocidas (acceder al espacio real del poder) a la par de los hombres va a llevar muchos años y mucha lucha pero no hay que subestimar el enorme movimiento que salió a la calle y logró reclamos históricos. Las demandas feministas no pueden reducirse a una gestión de un gobierno particular, como tampoco pueden reducirse a una clase social, En este sentido son demandas transversales y buscan transformar un sistema económico y político que ha excluido a mujeres, y lxs sujetxs no masculinos, a lo largo de toda la historia.
Es sumamente necesaria la participación de mujeres para poder discutir si las políticas con perspectiva de género están llegando realmente a la población o son meras políticas de corte asistencialista que buscan preservar y fomentar estereotipos.
Bibliografía:
Barnes, T.D. /2018).“La colaboración legislativa de las mujeres y las restricciones institucionales: variaciones entre las provincias argentinas”. Revista SAAP: Sociedad Argentina de Análisis Político, 12(1), 11-44.
Tula, Y Archenti, N. “La ley de cuotas en la Argentina. Un balance sobre logros y obstáculos” en Archenti, N. y Tula, M. I. (Eds.) Mujeres y Política en América Latina. Sistemas electorales y Cuotas de género. Heliasta, Buenos Aires, 2008
Mariela Szwarcberg Daby/2016 “Género y clientelismo : Lecciones del caso Argentino” Revista SAAP: Sociedad Argentina de Análisis Político mayo 2016. (123- 140)
Anzorena, Claudia: Quehaceres feministas, anudando y desanudando al Estado, Revista Punto Género Nº 11. Junio de 2019.
Páginas web consultadas:
Programa Atenea ONU Mujeres 🡪 https://www.ar.undp.org/content/argentina/es/home/ourwork/ATENEA.html
Mujeres en el Poder : (plataforma para chequear datos vinculados a la presencia de mujeres en puestos de poder en el país). 🡪 https://mujeresenelpoder.org.ar/
Ojo paritario 🡪 http://ojoparitario.com.ar/